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ABOGADO DE EXENCIÓN DE INMIGRACIÓN DE NUEVA JERSEY

Se refiere a permanecer en los EE. UU. Sin permiso debido a una entrada ilegal, cruzar la frontera o quedarse más tiempo con su visa. Los niños menores de 18 años no acumulan presencia ilegal.

Esto significa que cuando abandona los EE. UU., Debe esperar fuera del país lejos de su familia durante un período de tiempo determinado en función de su presencia ilegal acumulada.

Esta solicitud de exención tradicional requiere que presente la solicitud y espere fuera de los EE. UU. Hasta que se apruebe la exención. Si se lo niega, se verá obligado a permanecer fuera de los EE. UU. Durante un máximo de diez años.

Esta exención permite que ciertos inmigrantes presenten solicitudes de exención desde dentro de los EE. UU., Lo que les ayuda a evitar que se active la prohibición de inadmisibilidad en caso de que la solicitud sea denegada.

Exención Provisional de Inmigración por Presencia Ilegal

Estados Unidos tiene algunas penas severas si estás aquí ilegalmente. Muchos, debido a su presencia ilegal, no pueden solicitar una tarjeta de residencia, incluso si están casados con un ciudadano estadounidense, hasta que permanecen fuera de los EE. UU. Durante tres o diez años. Si eres una de esas personas, ¡Buenas noticias! Hay una exención disponible.

Como siempre, recuerde que la ley de inmigración es increíblemente complicada. Debe buscar el consejo de un abogado de inmigración con experiencia en Nueva Jersey antes de emprender cualquier acción de inmigración, incluida la búsqueda de una exención por presencia ilegal.
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El veto por presencia ilegal

La presencia ilegal solo significa que estuvo en los EE. UU. Sin permiso. Eso podría haber sucedido si ingresó ilegalmente cruzando la frontera. También puede suceder cuando ingresa legalmente pero se queda más tiempo que su visa. Sin embargo, debe ser mayor de 18 años para acumular presencia ilegal. Podrías estar en los EE. UU. Durante 15 años como menor, pero no acumulas ni un solo día de presencia ilegal. Cualquier persona con más de 180 días de presencia ilegal (tiempo pasado en los EE. UU. Sin un estado válido) está sujeta a una prohibición de inadmisibilidad de tres años. Si el período de presencia ilegal es superior a un año, la barra aumenta a diez años.

La barra de inadmisibilidad se activa cuando abandona los EE. UU. El problema al que se enfrenta es que debe salir de los EE. UU. Para obtener la residencia permanente (tarjeta verde) en un consulado de los EE. UU. En su país de origen. Sin embargo, cuando se va, activa la prohibición de tres o diez años para volver a ingresar al país. Eso significa que debe esperar fuera de los EE. UU. Lejos de su familia hasta que pase la prohibición de inadmisibilidad, a menos que califique para una exención.

 

La Exención Tradicional I-601

Alternativamente, si está sujeto a la prohibición de presencia ilegal, puede presentar el Formulario I-601, solicitando una exención de su inadmisibilidad. Tradicionalmente, esto significaba que tenía que salir de los EE. UU., Lo que activaba la prohibición de inadmisibilidad, luego presentar la exención I-601 y esperar fuera del país a que se aprobara la exención. Debido a los tiempos de procesamiento consular, a menudo esperó meses para que se aprobara su exención. Si se le niega la exención, se verá obligado a permanecer fuera de los EE. UU. Durante todo el período de inadmisibilidad hasta diez años.

No es sorprendente que la perspectiva de salir de los EE. UU. Durante un período incierto impidiera que muchos presentaran la solicitud en primer lugar. Muchos inmigrantes optaron por no solicitar su tarjeta de residencia a pesar de su elegibilidad debido a la incertidumbre

 

La Exención Provisional – Exención I-601A

En 2013, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) modificó el procedimiento para obtener una exención por inadmisibilidad por presencia ilegal. ¡Al crear la exención provisional por presencia ilegal, formulario I-601A, USCIS permitió que ciertas clases de inmigrantes potenciales presentaran solicitudes de exención desde dentro de los EE. UU.! El beneficio, por supuesto, es que usted sabrá que su exención por presencia ilegal fue aprobada antes incluso de activar la prohibición de inadmisibilidad. Suponiendo que sea aprobado, aún debe salir de los EE. UU. Y completar el proceso consular.

La exención es de naturaleza provisional porque la última palabra depende del consulado de los EE. UU. En su país. No obstante, la exención provisional ofrece una seguridad considerable de que superará la inadmisibilidad de presencia ilegal y regresará a los EE. UU. Está en los EE. UU. Mientras USCIS está evaluando su exención, mientras que tradicionalmente estaba esperando en su país de origen. Esto reduce significativamente el tiempo de separación de su familia.

 

Elegibilidad para la exención provisional

Restricciones

  1. ¡No puede presentar su solicitud antes del 29 de agosto de 2016 bajo el programa ampliado! Habrá un nuevo Formulario I-601, ¡así que espere para presentarlo! Aquellos que califican bajo las reglas de 2013 pueden presentar su solicitud en cualquier momento.
  2. La exención provisional es solo si tiene parientes que califiquen y está buscando una visa de inmigrante (es decir, una tarjeta verde). Si no tiene un pariente calificado o busca un no inmigrante (piense en una visa de estudiante), no se moleste en solicitar esta exención.
  3. Finalmente, recuerde que la dispensa provisional de presencia ilegal está disponible solo por la inadmisibilidad causada por la presencia ilegal. No está disponible por otros motivos de inadmisibilidad, como fraude o condenas penales. Como se dijo antes, la ley de inmigración es complicada. Esta expansión de exención discutida en este blog implica una extensa investigación sobre elegibilidad, múltiples presentaciones y una cuidadosa coordinación. Debido a esto, cualquier persona que tenga la intención de inmigrar a los Estados Unidos o que enfrente otros problemas de inmigración debe consultar a un abogado de inmigración con experiencia para obtener ayuda.