Visa SIJ | Inmigrante Juvenil Especial | New Jersey Immigration Attorney

Call Us Today!
(888) 695-6169

Cómo Obtener Una Visa SIJ (Inmigrante Juvenil Especial)

visa sij

¿Cómo obtener una visa SIJ?

Si es un menor de edad que ha sido abandonado, abusado o descuidado por sus padres, es posible que pueda obtener una visa a través del estado de Inmigrante Juvenil Especial (SIJ). Para calificar para una visa SIJ, debe cumplir condiciones muy específicas establecidas en la ley de inmigración. Sin embargo, obtener un estatus SIJ puede ser una muy buena opción para usted si califica.

Un abogado de inmigración confiable puede ayudarlo a determinar si cumple con los criterios y brindarle ayuda legal para la solicitud de visa. Hay tres pasos para obtener un estatus de inmigrante juvenil especial. Siga leyendo para saber cómo obtener una visa SIJ.

 

Resumen del Proceso de Solicitud 

Primero, debe obtener una orden judicial de un tribunal de menores para demostrar que al menos uno de sus padres lo ha abusado, abandonado o descuidado, junto con otros requisitos. Esta es una situación inusual porque la inmigración está bajo la ley federal, pero no hay un tribunal federal que tenga la tarea de tomar decisiones por los menores. El estatuto SIJ otorga a los jueces de los tribunales estatales la autoridad para tomar esas decisiones.

Es importante señalar que no todos los jueces se han encontrado con esto o están familiarizados con este proceso. El tipo de tribunal varía de un estado a otro. En Nueva Jersey, es la División de Familia del Tribunal Superior la que decide la dependencia o la custodia y el cuidado de los menores según la ley estatal. Otros estados pueden tener sus propias definiciones de lo que se considera abandono, abuso y negligencia.

Una vez que haya recibido la orden judicial, puede solicitar un estatus SIJ de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) utilizando el Formulario I-360. Por último, puede solicitar una tarjeta de residencia permanente mediante el Formulario I-485. Analicemos cada paso con más detalle.

 

Obtener una Orden Judicial de Menores 

Si tiene más de 18 años y menos de 21, debe tener cuidado al obtener su orden judicial. Algunos tribunales estatales solo tienen la autoridad para tomar decisiones para menores de 18 años. En Nueva Jersey, no es específico por edad, ya que hay muchos jóvenes de 18 años que están en la universidad y aún dependen de sus padres. Sin embargo, este no es el caso en todos los estados.

Incluso en Nueva Jersey, ha habido un litigio contra USCIS sobre este tema exacto. El 3 de julio de 2019 la Excma. Madeline Cox Arleo otorgó una orden judicial preliminar para evitar que USCIS denegara las peticiones de SIJ sobre la base de que el Tribunal de Familia no tenía jurisdicción para hacer determinaciones de bienestar infantil para peticionarios de 18 a 21 años. Ha habido decisiones similares en otros estados.

Para obtener una orden de la corte de menores, el juez deberá realizar cinco determinaciones específicas. Si el juez no hace estos hallazgos con detalle, no podrá pasar al siguiente paso.

Edad. Debe ser menor de 21 años, y esto debe ser probado por testimonio y corroborado por su certificado de nacimiento o pasaporte.

Soltero. No puede ser soltero en el momento de la presentación, y esto se puede probar simplemente con un testimonio. Si estuvo casado a una edad más joven, pero ya no lo está debido a muerte, anulación o divorcio, aún cumple con este criterio.

Dependiente. Debe ser declarado dependiente del tribunal de menores. Esto significa que el Tribunal de Familia tiene jurisdicción sobre usted. Tenga en cuenta que aún califica incluso si cumple 21 años mientras se procesa su solicitud de SIJ, siempre y cuando no tenga 21 años antes de que el juez tome su decisión.

Por lo general, esto se prueba a través del testimonio de un padre, pariente, amigo o una agencia que solicita su custodia. Esa persona o agencia testificará que atienden sus necesidades.

Reunificación. Debe poder probar que no es posible reunirse con uno o ambos de sus padres debido a abuso, negligencia, abandono u otras circunstancias similares basadas en la ley estatal.

El abandono suele ser fácil de probar. El padre no proporciona ninguna de sus necesidades y no se ha preocupado por usted, ni siquiera se ha puesto en contacto con usted. Algunos estados pueden considerar la muerte como un abandono ya que deja al niño sin manutención, pero asegúrese de verificar la ley de su estado antes de probar este argumento. Tenga en cuenta que incluso si puede presentar este argumento en su estado, su caso sería más sólido si pudiera presentar un argumento por abuso o abandono antes de que un padre muriera.

El abuso puede ser físico o verbal. El abuso físico puede ser más fácil de probar a través del testimonio de lo que sufrió. Esto a menudo va acompañado de abuso emocional a través de lenguaje profano o inapropiado. Por otro lado, el abuso emocional, sin abuso físico, probablemente requerirá que un experto (como un psicólogo o terapeuta) lo evalúe y apoye la posición de que lo que sufrió se debió al abuso emocional de sus padres.

La negligencia suele ser la inacción de los padres. Por ejemplo, una madre que no hizo nada para evitar que el padre maltratara físicamente a sus hijos puede considerarse negligencia. Tenga en cuenta que debe demostrar que no puede reunirse con al menos uno de sus padres, pero el juez es quien decide si la reunificación es posible o no para ambos padres, incluso si uno de sus padres es el que solicita la custodia. decisión.

Mejores intereses. Por último, debe demostrar que no le conviene regresar a su país de origen. Probar esto puede variar según el país. Generalmente, debe proporcionar evidencia de las condiciones en su país de origen y la región donde vivía. Por ejemplo, hay organizaciones que imprimen informes anuales sobre las condiciones de los condados como:

    • Informes nacionales sobre la práctica humana
    • Agencia Central de Inteligencia – World Factbook
    • Amnistía Internacional
    • Casa de la libertad
    • Observador de derechos humanos

Compare eso con la vida y las oportunidades que tiene ahora en los EE. UU. Por ejemplo, en Guatemala tenía que trabajar y no podía ir a la escuela. No tenía comida para comer todos los días. En los Estados Unidos, puede ir a la escuela y le dan de comer en la ahí todos los días.

 

Presentar una Petición de Estatus SIJ 

El segundo paso es presentar el Formulario I-360 “Petición de estatus de inmigrante juvenil especial”. Tenga cuidado al completar este formulario, ya que el mismo formulario se usa para los viudos, la solicitud de VAWA e inmigrantes especiales como trabajadores religiosos y médicos. Hay varias partes del formulario que no se aplicarán a su caso, pero asegúrese de indicar N / A para las preguntas que no sean aplicables en lugar de dejarlo en blanco.

Una vez que haya completado el formulario, deberá adjuntar la documentación que demuestre que es menor de 21 años. Debe presentar la petición ante el tribunal antes de cumplir 21 años, o ya no será elegible para SIJ. Además, deberá solicitar el consentimiento por escrito del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. si se encuentra actualmente bajo su custodia. También debe adjuntar la orden del tribunal de menores en su petición. Asegúrese de que el pedido incluya una explicación detallada de por qué se realizó el hallazgo para evitar enfrentar problemas más adelante.

Si bien la I-360 le otorga el estatus SIJ, sepa que no es un fin en sí mismo. Ser clasificado como “Inmigrante Juvenil Especial” le permite solicitar convertirse en residente permanente legal (titular de una tarjeta verde) cuando una visa esté disponible.

 

Obtener una Residencia Permanente

Una vez que se apruebe su I-360, tendrá que esperar a que la visa esté disponible antes de poder presentar su solicitud de tarjeta de residencia permanente a través del Formulario I-485. Sin embargo, si una visa de inmigrante está disponible de inmediato, podrá presentar sus formularios I-360 e I-485 juntos.

Para verificar la disponibilidad de visas, debe consultar la categoría de visa de inmigrante de cuarta preferencia basada en el empleo (EB-4) en el Boletín de Visas que mantiene el Departamento de Estado. Es mejor consultar con un abogado de inmigración calificado para determinar cuál es mejor para su situación.

Sepa que su edad no importa cuando presente el formulario I-485. Puede solicitar la residencia permanente después de cumplir 21 años, siempre y cuando haya obtenido la orden predicada antes de cumplir 21 años (o 18 según su estado) y haya presentado su I-360 antes de cumplir 21 años.

Sin embargo, el lugar donde presente el formulario I-485 depende de si se encuentra o no en proceso de deportación. Si no es así, debe presentar su formulario ante el USCIS. Si se encuentra en un proceso de deportación, puede presentar una moción para terminar el procedimiento y devolver el caso a USCIS, o presentar su I-485 ante el tribunal si la moción es denegada.

 

¿Qué sucede después de presentar una solicitud de Residencia Permanente?

Si presentó una solicitud para obtener una tarjeta verde y convertirse en residente permanente legal, recibirá un aviso de cita biométrica para que le tomen sus huellas digitales y una fotografía en el USCIS. Si no ha presentado un examen médico o está vencido, deberá enviar uno a través del Formulario I-693.

Tenga en cuenta que el USCIS puede solicitar más información o programar una entrevista con un oficial de inmigración si es necesario. Dependiendo de su jurisdicción local, tendrá una entrevista u obtendrá una decisión. Si se aprueba su solicitud de tarjeta verde, recibirá un aviso indicándolo, y la fecha de aprobación es la fecha de inicio de su estado de residente permanente.

Por otro lado, si se rechaza su solicitud, recibirá un aviso que explica el motivo de la denegación. No podrá apelar la decisión, pero puede presentar una moción para reconsiderar o renovar su petición en la corte de inmigración. Cualquiera que sea la opción que elija, se recomienda encarecidamente obtener representación legal de un abogado de inmigración, ya que estos requieren argumentos legales que tienen más posibilidades de éxito cuando los presenta un abogado.

En Andres Mejer Law, podemos brindarle la asistencia legal que necesita para solicitar un estado de inmigrante juvenil especial y presentar su solicitud de tarjeta verde. ¡Programe una consulta gratuita con nosotros y comience su proceso de inmigración de la manera correcta!

 

Share this post:
Facebook
Twitter
LinkedIn